Con motivo del Día de Internet, surge la iniciativa INTERNETamiga con la finalidad de fomentar la participación de la sociedad, en el ámbito de la promoción del uso seguro, responsable y saludable de Internet por parte de los adolescentes, potenciando las oportunidades y reduciendo las amenazas

Se trata de actividades didácticas online que, distribuidas en web sites específicos, adquieren el formato de concurso. Son tres los ejes y temas a abordar:

Es probable, y además deseable, que de la misma manera, lo que ya existe adentro se contagie afuera del ciberespacio. Si así fuera, aprenderíamos a tumbar fronteras, a acercarnos a gente distinta y distante, a construir más poderes sin centro, a tener más facilidades para expresar la opinión propia, no sólo para escuchar la ajena. Democratizaríamos un poco más la democracia.

  • DESCUBRE! que permite identificar y difundir usos enriquecedores y positivos de Internet e indagar sobre las múltiples alternativas de ocio, cultura y aprendizaje que no son tan conocidas.
  • OPINA! ofrece la posibilidad de reflexionar y concienciar sobre los derechos de la infancia en el “contexto Red”, además de potenciar el derecho a la participación por medio de la propia opinión sobre cuáles son los derechos que en el entorno digital consideran imprescindibles.
  • ACTÚA! propone adoptar una actitud proactiva sobre el ciberbullying, su prevención, origen y consecuencias y contraponer derechos y deberes en el marco concreto del ciberacoso y las responsabilidades que de estas situaciones se desprenden.

Opina! sobre tus e-derechos

Se ha creado un web site (www.ciberderechos-infancia.net) en el que se explica la dinámica y finalidad didáctica de la intervención, centrada en la comprensión por parte de los menores de la significación de la Convención de los Derechos de la Infancia y su traslación al entorno virtual. Asimismo, se pone al alcance de los docentes diverso material de referencia junto con unas pautas pedagógicas, precisas pero flexibles, que les ayude a llevar a cabo con los menores la actividad educadora.

A partir de esta primera fase, y tras una reflexión previa sobre los e-derechos de la infancia en Internet propuestos por Unicef en 2004 (veáse anexo) se presenta una propuesta de quince derechos (parte de una lista inicial de 10 ampliada hasta 15) sobre los que los menores han de seleccionar, según su criterio, diez. Además, pueden sugerir “nuevos derechos” no planteados en la lista inicial pero que los menores quieran manifestar como necesarios. Ejercen así su derecho a la participación.

Relación de 15 ciberderechos planteados inicialmente

  1. Derecho al acceso y uso de Internet para la información, la comunicación, la educación, la cultura, el ocio y la participación en la sociedad.

  2. Derecho a disponer de las condiciones de contrato o uso de un servicio de manera clara y a reclamar por su incumplimiento.

  3. Derecho a acceder a los contenidos y servicios esenciales adecuados a mis capacidades físicas y cognitivas.

  4. Derecho a no recibir información no solicitada o contactos no deseados.

  5. Derecho a denunciar y contar con ayuda en las situaciones que sean violentas o desagradables

  6. Derecho a no revelar mis datos personales y, en su caso, a conocer y a controlar el uso que se hace de ellos.

  7. Derecho a ser tratado con respecto siempre y sin distinción de etnia, sexo, ideología o cualquier otra condición personal.

  8. Derecho a opinar en las decisiones que afecten a mi actividad en la Red.

  9. Derecho a acceder a una Red libre de contenidos ilegales y de servicios fraudulentos

  10. Derecho a ser protegido frente a los contenidos y personas potencialmente nocivas así como a ser instruido en relación a las pautas básicas de autoprotección en la Red.

  11. Derecho a que nadie vulnere mi honor, mi reputación o mi dignidad en la Red

  12. Derecho a estar protegido/a de la publicidad, como en cualquier otro medio de comunicación (TV, prensa escrita, radio, etc.).

  13. Derecho a acceder a los contenidos y servicios de la Red sin restricciones o censuras de tipo político o ideológico.

  14. Derecho a expresarme libremente en la Red, siempre que no vulnere los derechos de otras personas.

  15. Derecho a ser informado/a de todos mis derechos dentro y fuera de la Red.

Resultados de la opinión de los participantes

Los diez derechos más veces seleccionados por los adolescentes

  1. Derecho a ser tratado/a con respeto siempre, sin discriminación y sin distinción de etnia, sexo, ideología o cualquier otra condición personal.

  2. Derecho a denunciar y contar con ayuda en las situaciones que sean violentas o desagradables.

  3. Derecho a ser protegido/a frente a los contenidos y personas potencialmente nocivas así como a ser instruido/a en relación a las pautas básicas de autoprotección en la Red.

  4. Derecho a ser informado/a de todos mis derechos dentro y fuera de la Red.

  5. Derecho al acceso y uso de Internet para la información, la comunicación, la educación, la cultura, el ocio y la participación en la sociedad.

  6. Derecho a no revelar mis datos personales y, en su caso, a conocer y a controlar el uso que se hace de ellos.

  7. Derecho a que nadie vulnere mi honor, mi reputación o mi dignidad en la Red.

  8. Derecho a acceder a una Red libre de contenidos ilegales y de servicios fraudulentos.

  9. Derecho a estar protegido/a de la publicidad, como en cualquier otro medio de comunicación (TV, prensa escrita, radio, etc.).

  10. Derecho a acceder a los contenidos y servicios de la Red sin restricciones o censuras de tipo político o ideológico.

Otros comentarios libre recogidos

Nuevos derechos propuestos y comentarios sobre los anteriores.
En negrita algunos comentarios que nos parecen especialmente significativos.

  • Derecho a ser informada sobre lo que utilizan de mí para hacer cosas legales o ilegales tanto fuera como dentro de la red.
  • Derecho a ser respetada por otras personas en Internet.
  • Derecho a que las personas no “jaqueen” ningún msn o cualquier actividad publicitaria.
  • Derecho a tener un buen lugar en la red en el cual podamos manifestar nuestra inconformidad frente a contenidos de algunas páginas que no son propicias para el desarrollo personal.
  • Derecho a poder impedir el acceso a información confidencial(correo, amigos, fotos, direccion, etc ).
  • Derecho a que se elimine cualquier tipo de información de la red en el momento en el que el usuario desaparezca (cuentas y redes sociales ).
  • Derecho a ser informado por medio de la red, sobre acontecimientos importantes que ocurran en el mundo y en su país.
  • Derecho a tener la información adecuada acerca de quién visita los diferentes perfiles que posea el usuario y pedir previa autorización en el uso de su información por otras personas.
  • Derecho a disponer de herramientas para prohibir la copia de imágenes y/o fotos pertenecientes a un perfil.
  • Derecho a prohibir la publicidad existente en las diversas páginas que no tengan material informativo, y/o educativo para el usuario y que sea nociva o atente con alguno de los derechos establecidos previamente.
  • Derecho a tener todas las herramientas a disposición para poder ocultar sus datos confidenciales parcialmente o en su totalidad.
  • Derecho a ingresar a todas las paginas web existentes y a obtener de ellas la información clara en el sentido de idioma, expresiones usadas, entre otras cosas, buscando así paginas neutrales para todos los usuarios de la web.
  • Para el derecho 1: se podría incluir: «teniendo en cuenta todos los derechos humanos establecidos», por ejemplo se puede prohibir la discriminación racial, sexo, religión, etc. Así se garantizaría una verdadera seguridad en la red.
  • Para el derecho 2: Actualmente y talvez desde que la Internet comenzó a expandirse, varias páginas fueron creadas con el propósito de mostrar contenidos no aptos para la comunidad, pero hoy son los jóvenes y los niños los más vulnerables a causa de la falta de atención por parte de los mayores acerca del adecuado manejo del Internet; por ello muchos de estos niños y jóvenes adoptan comportamientos de acuerdo a la información que le brinda la Internet y así mismo se refugian en la compañía de las personas (la mayoría de veces no confiables) que conocen por el mismo medio.
  • Para el derecho 5: Sería importante un oportuno informe si se llegan a dar estas situaciones y se apoye por parte del estado o de una identidad encargada de proteger la integridad de la persona(s) afectada(s) y encontrar una solución de tipo penal para las personas encargadas de ello puedan darle fin a este tipo de inconvenientes.
  • Para el derecho 6: En el caso de los Hackers se ve una grave violación a este derecho, ya que al extraer datos personales pueden ser usados con ánimo de lucro, bien pueden ser robos, hurtos, suplantación de identidad, etc.
  • Para el derecho 7: se ve vulnerado en las páginas de publicación de comentarios mostrando perfiles, datos personales, etc. En donde se discriminan los diversos contextos de cada una de las personas que hacen parte de ello.
  • Para el derecho 8: es bueno tener como opción ciertos programas que restringen el acceso a ciertas paginas sin embargo más que eso es importante concienciar a los niños del las ventajas y peligros del Internet para que así también ellos sepan tomar las decisiones adecuadas sobre los datos personales a publicar en Internet y los derechos que tienen al publicarlos. En los casos la información que sea publicada también debería tomarse en cuenta para hacer mejoras en la Internet y así poder garantizar una seguridad permanente en el uso de ésta herramienta.
  • Para el derecho 9: Es necesaria la intervención de organismos que garanticen la seguridad de información en Internet, dando una buena guía sobre el uso del Internet especialmente a los menores de edad, estos organismos también deben encargarse de dar sanciones de tipo penal a quienes vulneren la seguridad e integridad de los menores en la red.
  • Para el derecho 11: Poder tener conocimiento al saber cuándo se está afectando mi integridad y no dejar u obtener acceso a dicha página en la que se esté haciendo esto o ya sea bloquear y/o sancionar a dicho usuario. Esto se refleja en su mayoría de veces en redes sociales en las cuales muchas personas acceden y publican información sin ningún tipo de restricción facilitando la divulgación y reproducción de la misma para afectar la dignidad y honra de la persona. ¿Que hacer para mejorarlo?: Que las redes sociales tengan cierto tipo de restricciones a la hora de publicar y acceder a información personal de los demás, tener en cuenta hasta qué punto es sano publicar y recibir información en la red. También castigar y restringir el acceso a las personas que atenten, publicando o usando inadecuadamente la información que publiquen otros en la red.
  • Para el derecho 13: El Internet es una de las grandes herramientas usadas actualmente para el aprendizaje, es importante poder tener el acceso a éste sin importar las ideologías, pero esto no puede ser un motivo de discriminación para todas las personas que tienen acceso a la red.
  • Para el derecho 14: En muchos grupos sociales, se ve vulnerado este derecho por falta de supervisión estricta de los grupos sociales en los cuales se tiene fácil acceso a datos personales y publicación de diversos temas, logrando así vulnerar este derecho. Adaptación: Derecho a expresarme libremente en la Red, siempre que no vulnere los derechos de otras personas ni los míos, por medio de la publicación de material de contenido que afecte la integridad.

ANEXO

Decálogo UNICEF: “Los e-derechos de los niños y las niñas” (2004)

  1. Derecho al acceso a la información y la tecnología, sin discriminación por motivo de sexo, edad, recursos económicos, nacionalidad, etnia, lugar de residencia, etc. En especial este derecho al acceso se aplicará a los niños y niñas discapacitados.

  2. Derecho a la libre expresión y asociación. A buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo por medio de la Red. Estos derechos sólo podrán ser restringidos para garantizar la protección de los niños y niñas de informaciones y materiales perjudiciales para su bienestar, desarrollo e integridad; y para garantizar el cumplimiento de las leyes, la seguridad, los derechos y la reputación de otras personas.

  3. Derecho de los niños y niñas a ser consultados y a dar su opinión cuando se apliquen leyes o normas a Internet que les afecten, como restricciones de contenidos, lucha contra los abusos, limitaciones de acceso, etc.

  4. Derecho a la protección contra la explotación, el comercio ilegal, los abusos y la violencia de todo tipo que se produzcan utilizando Internet. Los niños y niñas tendrán el derecho de utilizar Internet para protegerse de esos abusos, para dar a conocer y defender sus derechos.

  5. Derecho al desarrollo personal y a la educación, y a todas las oportunidades que las nuevas tecnologías como Internet puedan aportar para mejorar su formación. Los contenidos educativos dirigidos a niños y niñas deben ser adecuados para ellos y promover su bienestar, desarrollar sus capacidades, inculcar el respeto a los derechos humanos y al medio ambiente y prepararlos para ser ciudadanos responsables en una sociedad libre.

  6. Derecho a la intimidad de las comunicaciones por medios electrónicos. Derecho a no proporcionar datos personales por la Red, a preservar su identidad y su imagen de posibles usos ilícitos.

  7. Derecho al esparcimiento, al ocio, a la diversión y al juego, también mediante Internet y otras nuevas tecnologías. Derecho a que los juegos y las propuestas de ocio en Internet no contengan violencia gratuita, ni mensajes racistas, sexistas o denigrantes y respeten los derechos y la imagen de los niños y niñas y otras personas.

  8. Los padres y madres tendrán el derecho y la responsabilidad de orientar, educar y acordar con sus hijos e hijas un uso responsable de Internet: establecer tiempos de utilización, páginas que no se deben visitar o información que no deben proporcionar para protegerles de mensajes y situaciones peligrosas, etc. Para ello los padres y madres también deben poder formarse en el uso de Internet e informarse de sus contenidos.

  9. Los gobiernos de los países desarrollados deben comprometerse a cooperar con otros países para facilitar el acceso de éstos y sus ciudadanos, y en especial de los niños y niñas, a Internet y otras tecnologías de la información para promover su desarrollo y evitar la creación de una nueva barrera entre los países ricos y los pobres.

  10. Derecho a beneficiarse y a utilizar en su favor las nuevas tecnologías para avanzar hacia un mundo más saludable, más pacífico, más solidario, más justo y más respetuoso con el medio ambiente, en el que se respeten los derechos de todos los niños y niñas.

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