• No hace falta una foto íntima previa. En todos los casos, los agresores partieron de fotografías normales y públicas accesibles en internet para generar desnudos falsos con aplicaciones de IA accesibles desde cualquier móvil sin practicante conocimientos técnicos. 
  • Las víctimas, principalmente mujeres, conocen a su agresor. De Almendralejo a Logroño, los investigados son siempre compañeros de clase o de instituto, no desconocidos, y muchos han buscado difusión pública y reconocimiento entre iguales en lugar de ocultar los hechos. 
  • La respuesta judicial todavía es desigual. Mientras el Juzgado de Menores de Badajoz condenó a 15 menores por pornografía infantil en Almendralejo, la Audiencia Provincial de Valladolid absolvió de ese mismo delito a los diez procesados, y en Murcia los primeros casos con niños de 10 y 11 años ni siquiera pueden perseguirse penalmente por su edad. 
Repaso de noticias sobre deepfakes sexuales o desnudos con inteligencia artificial así son los casos que ya han llegado a los juzgados en España

Repaso de noticias sobre deepfakes sexuales o desnudos con inteligencia artificial así son los casos que ya han llegado a los juzgados en España

El 14 de julio de 2026, la Guardia Civil confirmaba un nuevo caso en Logroño: un chico de 14 años había utilizado aplicaciones de inteligencia artificial para «desnudar» digitalmente a nueve compañeras de su instituto, subir el resultado a una web pornográfica y presumir de ello con la descripción «Subo chicas de mi insti hechas con IA».

No es un caso aislado ni el primero. Desde el otoño de 2023, cuando estalló el caso de Almendralejo, España ha ido acumulando una lista de expedientes muy similares entre sí: chicos que conocen a sus víctimas, que usan aplicaciones de «desnudado» gratuitas o de pago, que difunden el material en grupos de WhatsApp o en webs de pornografía, y unos juzgados de menores que van perfilando, sentencia a sentencia, cómo debe responder la ley ante un fenómeno que crece más rápido que la legislación pensada para combatirlo.

Desde PantallasAmigas llevamos años advirtiendo sobre los riesgos del sexting, la sextorsión y la difusión no consentida de imágenes íntimas. La irrupción de la IA generativa ha añadido una vuelta de tuerca especialmente perversa: ya no hace falta que la víctima se haya hecho o compartido nunca una foto íntima. Basta con una fotografía normal y pública de Instagram, X, Facebook, de TikTok, del anuario del instituto o simplemente subida por un familiar o amigo a internet… para generar un «desnudo» falso pero hiperrealista. Repasamos los principales casos conocidos en España, sus sentencias y lo que nos enseñan:

Almendralejo (Badajoz), 2023-2024: el caso que destapó el fenómeno

Fue el primer caso que alcanzó una enorme repercusión mediática y política en España. En septiembre de 2023, un grupo de madres de Almendralejo denunció que circulaban por WhatsApp fotomontajes hiperrealistas de sus hijas menores, generados a partir de fotos reales tomadas de sus redes sociales a las que se les había superpuesto un cuerpo desnudo. Hasta veinte familias llegaron a denunciar los hechos, y una de las madres, Miriam Al Adib, llevó el caso hasta el Parlamento Europeo tras ser invitada por un eurodiputado del Intergrupo de Derechos de la Infancia.

En julio de 2024, el Juzgado de Menores de Badajoz dictó sentencia de conformidad, es decir, pactada entre la Fiscalía y las defensas, con el visto bueno de las familias representadas por la asociación Malvaluna, contra quince menores, a quienes declaró responsables de veinte delitos de pornografía infantil y otros veinte delitos contra la integridad moral (poderjudicial.es). La medida impuesta fue de un año de libertad vigilada, con contenidos específicos de formación afectivo-sexual, uso responsable de las tecnologías y sensibilización en igualdad y género (eldiario.es). Las familias aceptaron el acuerdo porque evitaba un proceso judicial largo para las menores afectadas y porque, según explicaron, buscaban que sirviera como «toque de atención» social más que un simple castigo.

Siguiendo con este caso, en noviembre de 2025, La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sancionó con 2.000 euros, a al menos a uno de los creadores y difusor de imágenes artificiales de cuerpos desnudos de adolescentes que circularon por Almendralejo, Badajoz. La sanción de Protección de Datos castiga la difusión no autorizada de datos personales, como son las fotografías, de las personas interesadas. En concreto, señala que fue ilícito el tratamiento de datos personales de un tercero, en este caso, la imagen de una de las chicas. Fue la primera sanción que emitió La AEPD, una autoridad de protección de datos en la Unión Europea, por la difusión de un deepfake.

Ayamonte (Huelva), 2023: utilizando Photoshop pero con el mismo objetivo

Casi en paralelo, en septiembre de 2023, la Guardia Civil identificó en Ayamonte (Huelva) a otro joven que utilizaba al parecer Photoshop, pero con el mismo objetivo, la misma motivación: compartir por redes sociales falsos desnudos de niñas. La investigación llegó a acumular denuncias de cerca de veinte afectadas y fue remitida a Fiscalía de Menores y el menor se enfrenta a un presunto delito contra la intimidad.

Valencia, 2025: dieciséis víctimas y un intento de venta

En julio de 2025, la Guardia Civil anunció la investigación de un adolescente de 17 años de un instituto de la provincia de Valencia, señalado por difundir fotos y vídeos generados con IA de sus compañeras desnudas, y por haber intentado vender ese contenido por internet. En total, dieciséis alumnas del mismo centro denunciaron el uso no consentido de su imagen manipulada, tanto en redes sociales como en una web creada específicamente para comercializar el material (SWI swissinfo.ch).

La investigación arrancó cuando una de las jóvenes descubrió que se había creado, sin su consentimiento, un perfil a su nombre en una red social en el que se había publicado un vídeo generado con IA y fotografías manipuladas para simular desnudez. Al recibir más denuncias con el mismo patrón, los agentes cruzaron las direcciones IP de las cuentas implicadas y estas condujeron al domicilio de un compañero del propio instituto, investigado finalmente por un delito de corrupción de menores.

Barcelona, 2025: menores difundiendo imágenes pornográficas de compañeras de clase hechas con IA

Febrero de 2025, Los Mossos d’Esquadra de la comisaría de Sants-Montjuïc investigaron a cuatro menores de 15 años por difundir montajes de imágenes pornográficas en un instituto de Barcelona. Los adolescentes utilizaron la inteligencia artificial para colocar las caras de algunas compañeras de clase en cuerpos desnudos. (lavanguardia.com)

Los Mossos descubrieron que los adolescentes compartían esos montajes a través de un grupo en una aplicación de mensajería instantánea. La investigación, que está siendo tutelada por la Fiscalía de Menores, se centra en un presunto delito contra el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas.

Valladolid, 2024-2026: una sentencia que abre el debate sobre la calificación penal

El caso de Valladolid resulta especialmente relevante porque, a diferencia de Almendralejo, no se resolvió mediante conformidad, sino en juicio ante la Audiencia Provincial, y su resultado ha generado controversia. Los hechos se remontan a noviembre de 2024, cuando se descubrió que un grupo de alumnos de un instituto vallisoletano había creado imágenes de una compañera desnuda mediante inteligencia artificial.

La sentencia, conocida en junio de 2026, condenó a seis de los diez menores procesados, pero absolvió a los diez del delito de pornografía infantil por el que habían sido inicialmente acusados, y absolvió también a otros cuatro encausados del resto de cargos. Como consecuencia civil, se impuso una multa de 2.000 euros a los padres del menor considerado autor material de la imagen de la compañera desnuda. La sentencia, no firme en el momento de conocerse porque cabía recurso, evidenció las dificultades de encaje que tienen estos hechos dentro de las figuras penales existentes, pensadas originalmente para otro tipo de conductas (eldiario.es).

Cáceres, 2026: investigado un varón por crear ‘deepfakes’ sexuales de menores tras recibir hasta cuatro denuncias

La investigación se inició después de que la Guardia Civil tuviera conocimiento de la existencia de varias imágenes manipuladas digitalmente en las que aparecían menores perfectamente reconocibles. Las fotografías habían sido alteradas utilizando técnicas de edición y generación artificial de imágenes para colocar los rostros de las víctimas sobre cuerpos desnudos.

Tras detectarse la existencia de este material, se interpusieron hasta cuatro denuncias, lo que llevó a los agentes a iniciar una investigación para esclarecer el origen de las imágenes e identificar al supuesto responsable. (elperiodicoextremadura.com)

Murcia, 2026: cuando los autores son demasiado jóvenes para responder, la vía penal se archiva de inmediato

Uno de los datos más inquietantes de los últimos meses llega de la Región de Murcia, donde la Policía Nacional ha detectado los primeros casos de menores de tan solo 10 y 11 años que utilizan la IA para generar imágenes de compañeras de clase desnudas. Se trata de niños que emplean la misma herramienta con la que hacen los deberes escolares para producir contenido sexual falso de sus compañeras de pupitre (mangasverdes.es).

La particularidad de estos casos es que, al ser menores de 14 años, quedan fuera del ámbito de la Ley Orgánica de responsabilidad penal del menor: la Fiscalía puede abrir diligencias, pero estas se archivan de inmediato por falta de responsabilidad penal, sin perjuicio de que puedan activarse medidas de protección del menor por parte de los servicios sociales o de reforma educativa en el ámbito civil. Profesionales consultados en ese reportaje plantean la necesidad de combinar formación específica, un mayor control del acceso a redes y dispositivos, y una respuesta que no se limite a cursos de concienciación, dado que consideran que estas conductas ya constituyen, en la práctica, una forma de violencia sexual y de género ejercida desde edades muy tempranas.

Logroño (La Rioja), julio de 2026: el caso que confirma la tendencia

El 14 de julio de 2026, la Guardia Civil confirmaba un nuevo caso en Logroño: un chico de 14 años había utilizado aplicaciones de inteligencia artificial para «desnudar» digitalmente a nueve compañeras de su instituto, subir el resultado a una web pornográfica y presumir de ello con la descripción «Subo chicas de mi insti hechas con IA» (La Rioja; eldiario.es).

Muestra que el patrón sigue exactamente el mismo guion tres años después de Almendralejo. Un chico de 14 años, investigado por los agentes del Equipo de Investigación Tecnológica (EDITE) y del Equipo@ de la Guardia Civil, conocía personalmente a las nueve víctimas y las seguía en redes sociales, de donde obtuvo fotografías de sus perfiles públicos sin su consentimiento. Con herramientas de IA las manipuló para desnudarlas y sexualizarlas, y subió el resultado a una web de pornografía para adultos, donde organizó el contenido en carpetas individuales con los datos personales de cada víctima, lo que facilitó su identificación y multiplicó el daño (Público).

Antes de que el contenido pudiera retirarse, las imágenes falsas habían alcanzado cerca de 40.000 visualizaciones. Al menor se le investiga por descubrimiento y revelación de secretos, corrupción de menores y pornografía infantil; de confirmarse los hechos, podría enfrentarse a medidas como el internamiento en régimen cerrado o de fin de semana, la libertad vigilada, tareas socioeducativas o programas de educación afectivo-sexual, previstas en la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Además, sus padres o tutores legales podrían tener que responder solidariamente por los daños morales causados a las víctimas.

Qué tienen en común todos estos casos

Los casos españoles conocidos hasta la fecha comparten varios rasgos:

– Las víctimas conocen a su agresor. En todos los casos documentados, los menores investigados eran compañeros de clase o de instituto de las víctimas, no desconocidos. Las fotografías de partida procedían de perfiles públicos en redes sociales, obtenidas sin necesidad de ningún tipo de acceso ilícito a dispositivos.

– El material se difunde para ganar reconocimiento social. En varios casos, los propios autores presumieron públicamente de su autoría, el perfil «Subo chicas de mi insti hechas con IA» se repite casi literalmente en Logroño y en otros casos similares, lo que sugiere que, para parte de estos adolescentes, la conducta funciona como una forma perversa de estatus entre iguales, más que como un acto oculto.

– Las plataformas de destino son webs pornográficas o redes generalistas. El contenido no siempre se queda en el círculo cercano: en varios casos ha llegado a alojarse en portales de pornografía para adultos, alcanzando decenas de miles de visualizaciones antes de poder ser retirado.

– La respuesta judicial es desigual. Mientras en Almendralejo se llegó a una conformidad con condena por pornografía infantil, en Valladolid la Audiencia Provincial absolvió de ese mismo delito a todos los procesados, limitando la condena a una responsabilidad civil de los padres. Esta disparidad refleja que los tribunales españoles todavía están definiendo, caso a caso, cómo encajar estas conductas en tipos penales: pornografía infantil, descubrimiento y revelación de secretos, delitos contra la integridad moral, corrupción de menores… que no fueron redactados pensando en imágenes generadas sintéticamente.

El marco legal, en movimiento 

La respuesta legislativa está intentando ponerse al día. El Gobierno aprobó recientemente en Consejo de Ministros una reforma de la ley del derecho al honor que refuerza específicamente la protección frente a la creación y difusión de imágenes o voces falsas generadas con inteligencia artificial, considerando ilegítimo el uso de la imagen de una persona sin su consentimiento mediante estas herramientas. A ello se suma la advertencia previa de la AEPD, que ya situaba estas conductas dentro del ámbito sancionador de la protección de datos y la intimidad, con independencia del resultado penal.

Con todo, cuando los autores son menores de edad, la respuesta se articula sobre todo a través de la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores, que prioriza medidas educativas y de reinserción, libertad vigilada, tareas socioeducativas, programas de educación afectivo-sexual… frente al internamiento, salvo en los casos más graves. Y cuando los autores tienen menos de 14 años, como en los casos detectados en Murcia, no existe responsabilidad penal posible, lo que traslada el peso de la respuesta a las familias, los centros educativos y los servicios de protección de menores.

Qué pueden hacer las familias y los centros educativos ante estos casos

Frente a un fenómeno que ya no depende de que la víctima haya compartido nunca una imagen íntima, la prevención pasa por varios frentes:

  • Hablar de esto en casa y en el aula, antes de que ocurra. Es fundamental que chicos y chicas entiendan que generar o difundir una imagen sexual falsa de otra persona, aunque sea «solo con una app» y «de broma», es un delito grave con consecuencias legales reales, no un meme o juego sin riesgo.
  • Configurar la privacidad de los perfiles en redes sociales, ya que en todos los casos analizados el punto de partida fueron fotografías obtenidas de perfiles públicos.
  • Actuar con rapidez si se detecta un caso, tanto para preservar pruebas como para solicitar la retirada urgente del contenido en las plataformas «canal prioritario» de AEPD y denunciar ante la Policía Nacional o la Guardia Civil.
  • No revictimizar a las afectadas. El testimonio de familias como la de Almendralejo insiste en la importancia de que las víctimas no sientan vergüenza ni miedo a contarlo, y en que el entorno adulto reaccione con apoyo, no con reproches sobre el uso que hacían de las redes sociales.
  • Exigir responsabilidad a las plataformas y a los desarrolladores de estas aplicaciones, muchas de las cuales operan desde fuera de España, se lucran directamente con esta práctica y no incorporan ningún control de edad ni de consentimiento.

Una tendencia que no ha dejado de crecer

Del caso de Almendralejo en 2023 al de Logroño en 2026 han pasando por varias provincias, los primeros casos con autores de 10 y 11 años en Murcia, el patrón es constante y, lejos de remitir, se extiende a edades cada vez más tempranas. La disponibilidad de aplicaciones de «desnudado» gratuitas, accesibles desde cualquier móvil y sin verificación de edad, ha convertido en trivial para un adolescente, o incluso para un niño de primaria, algo que hace apenas unos años habría requerido conocimientos técnicos avanzados.

Los tribunales van fijando criterios, aún dispares, sobre cómo calificar estas conductas. La legislación intenta adaptarse. Pero, mientras tanto, la mejor herramienta de protección sigue siendo la educación digital temprana, la conversación abierta entre generaciones y la construcción de una cultura de respeto a la intimidad que se aplique también, y especialmente, en el entorno digital.



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